Reglamento Artesanías

Consideraciones
Se considera artesanías a aquellas creaciones que por su modalidad de producción fundamentalmente manual y con la ayuda de recursos instrumentales, realiza transformaciones sobre la materia prima mediante la aplicación de técnicas específicas, presentando un producto con criterio estético y que expresen creatividad y manifiesten aspectos culturales de un individuo o las características de un grupo o región.
1.      Podrán participar de la Fiesta del Arte Popular toda persona física o jurídica del país o del extranjero (artesanos independientes; talleres artesanales, delegaciones, instituciones y/o entidades oficiales o privadas, etc.) productores de artesanías.


2.      A los efectos organizativos de la feria, la Comisión Organizadora ha determinado las siguientes categorías:
a)      Artesanos Independientes
Son todos aquellos artesanos individuales cuya producción artesanal permite claramente la identificación del individuo con su obra.
b)      Delegaciones y/o Mercado Artesanal
Son aquellas entidades y asociaciones públicas, que nuclean y promueven la labor artesanal representativa de una determinada región del país. Es requisito indispensable para presentarse como tal, nombrar un Encargado o Coordinador de la Delegación que será la persona autorizada ante la Comisión Organizadora y el Jurado de Admisión para todo lo atinente a la organización, presentación de las piezas, montaje y desmontaje de stands.
c)      Pequeñas Unidades Productivas
Se considera como tales a todos aquellos artesanos integrantes de pequeños talleres en los que la labor artesanal no se desarrolla necesariamente en forma individual, sino en grupos o equipos, y en los que no se alcanza una escala de producción, comercialización y organización como para ser considerados como microemprendimientos.
d)     Microemprendimientos
Son considerados como tales, todos aquellos productores de bienes artesanales que cuentan con una mediana capacidad de organización en la producción, promoción y comercialización de sus productos.
e)      Expositores de comestibles
Se ubicarán en el sector destinado a la venta de comestibles. Podrán exponer para la venta: pastelitos, alfajores, cucuruchos, tortas, pan dulce, chacinados, encurtidos (pickles), y/o cualquier producto alimenticio de elaboración artesanal y que no sea expedido por las cantinas.
 Los stands de productos alimenticios varios tienen prohibida la venta de bebidas; empanadas de carne, mondongo, pescados, queso, charque y/o pollos; choripanes; panchos; hamburguesas; pizzas; asado de carne vacuna y/o pollos. Al igual que golosinas y cualquier otro producto que no sea de elaboración artesanal

3.      Si se verificara en cualquier momento en el área asignada a los artesanos a alguien que tenga productos de reventa, o que no sea de su propia elaboración, se le exigirá de inmediato el traslado al sector que le corresponde, si así no lo hiciera será trasladado por la fuerza pública y/o expulsado de la feria.
4.       Cada participante deberá indicar en la Solicitud de Inscripción, la categoría en que se inscribe, reservándose las autoridades de la muestra el derecho a recategorizar a todos aquellos participantes que, a su juicio, no correspondan a la categoría indicada.
5.      Espacio para exponer
a)      Cada expositor tendrá un espacio determinado en cada categoría
b)      El lugar de exposición y venta y la distribución de los sectores de la muestra serán fijados por la Organización
c)      Los lugares serán asignados a los expositores, en el sector determinado, por orden de inscripción. Los mismos quedarán reservados hasta el inicio de la fiesta y no habiéndose presentado el expositor perderá su derecho y los organizadores podrán reasignar el espacio.
d)     No se permite bajo ningún concepto el traslado o intercambio de puestos ya otorgados y previstos.
e)      Cada participante deberá indicar en la Solicitud de Inscripción, la categoría en que se inscribe, reservándose las autoridades de la muestra el derecho a recategorizar a todos aquellos participantes que, a su juicio, no correspondan a la categoría indicada.

1.      Canon
a)      Artesanos Independientes 80 pesos (Incluye espacio de dos metros de frente, dos comidas y un desayuno)
b)      Delegaciones y/o Mercado Artesanal
a.    Espacio 10 metros de frente 300 pesos (Incluye 10 comidas y cinco desayunos)
b.    Espacio 20 metros de frente 500 pesos (Incluye 20 comidas y 10 desayunos)
c)      Pequeñas Unidades Productivas
a.    Espacio 5 metros de frente 300 pesos (Incluye 6 comidas y 3 desayunos)
b.    Espacio 10 metros de frente 500 pesos (Incluye 10 comidas y 5 desayunos)
d)     Microemprendimientos 100 pesos (Incluye espacio de dos metros de frente, dos comidas y un desayuno)
e)      El canon deberá ser abonado el 100 % para tomar posesión del puesto asignado, momento en que será reservado el espacio.
f)       El Artesano que no posea abonado el canon en su totalidad no tendrá derecho a espacio, sin excepción alguna.
g)      Se otorgará el puesto armado con una tabla sobre caballetes y una línea de energía con toma corriente. Los elementos para la iluminación no serán suministrados.

2.      Productos no artesanales
a)      Se considera productos no artesanales a todos aquellos productos que no mantengan el criterio de transformación de la materia prima, técnicas, diseño y creatividad. A toda actividad industrial que elabore objetos obtenidos por reproducción en serie. Como así también a quienes realicen reventas.
b)      Deberá considerarse que la Feria del Arte Popular tiene como objetivo central la promoción del arte en todas sus expresiones, por lo que los productos no artesanales tendrán un espacio secundario en la fiesta.
c)      No podrán realizar ventas fuera del espacio asignado.
Espacio para exponer
d)     Cada expositor tendrá un espacio determinado el sector lateral del predio donde se desarrolla la Fiesta del Arte Popular, por el que deberá abonar un canon mínimo de 150 pesos por un espacio de 2 metros de frente y 50 pesos por metro que exceda.
e)      El lugar de exposición y venta y la distribución de los sectores de la muestra serán fijados por la Organización. Los lugares serán asignados a los expositores, en el sector determinado, que le será asignado en el momento del pago del canon y no se brindará ningún elemento y servicio.